Aprueban el Código que busca reparar en vez de encarcelar

Aprueban el Código que busca reparar en vez de encarcelar


Diputados, luego de cinco meses, concluyó con el tratamiento en detalle del Proyecto de Ley 122 Código del Sistema Penal y lo envió a la Cámara de Senadores.

La Cámara de Diputados concluyó ayer con el tratamiento en detalle del Proyecto de Ley 122 Código del Sistema Penal después de cinco meses de trabajo y lo remitió a la Cámara de Senadores para su revisión. La norma busca reparar el daño en lugar de encarcelar a los acusados.

El Código del Sistema Penal busca acabar con tres males de la justicia: la retardación, corrupción y la burocracia y establece que la justicia no se ocupará sólo de encarcelar a quienes infrinjan las normas, sino de reparar el daño a la víctima, priorizando a la víctima en todos los conflictos.

Las sanciones fueron pensadas de acuerdo a cuál es la más útil para la víctima y para devolver el equilibrio a la sociedad, según la norma,  cuando se cometan infracciones menores, se priorizará que se enmiende el daño provocado, y cuando la afectación sea económica, en vez de ir a la cárcel, el infractor reparará el daño causado.

El diputado del MAS, Víctor Borda, destacó al menos 10 cambios importantes como  la detención preventiva se aplicará sólo a delitos cuya pena sea mayor a los seis años de cárcel y se modificó la disposición emitida –hace una semana– que fijo los 10 años de presidio como límite.

En los delitos cuyo tiempo de sanción sea menor a seis años se aplicarán medidas sustitutivas como la detención domiciliaria, órdenes emitidas por el juez, mecanismos de rastreo, prohibición de viajar, fianzas entre otros. “La detención preventiva tiene que durar el plazo que solicite el Ministerio Público, que no puede exceder los seis meses”, declaró el legislador.

Audiencias

En caso de ausencias de fiscales, jueces, imputados o abogados defensores en audiencias cautelares o conclusivas se registraron ligeros cambios. Según la nueva legislación,  si un juez falta a una audiencia no será destituido, sólo remplazado por otro.

Los imputados ausentes serán buscados por la fuerza pública y los abogados defensores serán multados con dos salarios mínimos. “Si un fiscal se ausenta por primera vez se le abre un proceso por falta gravísima y con causal de destitución; pero se pide que un fiscal departamental lo remplace. De no hacerlo, podrá pedir la reprogramación de la audiencia y sólo si no lo hace será destituido”, declaró.

El aborto 

El artículo 153 que define las causales del aborto, el nuevo Código Penal determina sanciones de hasta 10 años de cárcel para quienes induzcan a esta acción sin consentimiento de la madre, la obliguen o presionen.  “Se han visto casos donde la mujer incluso fue dopada para que sea ejecutada esta acción”, afirmó.

En caso de que el médico provoque la muerte de una mujer durante la práctica del aborto la pena será de 30 años de cárcel sin derecho a indulto.

Además, las mujeres sólo podrán abortar cuando su situación socioeconómica no le permita continuar con el embarazo, tenga a su cargo personas adultas mayores con discapacidad u otros menores consanguíneos, sea estudiante, víctima de violación o incesto y cuando esté en peligro la vida de la madre o se constate si el bebé podría nacer con malformaciones genéticas.

Coca 

Quienes cultiven la hoja de coca en zonas no autorizadas como reservas naturales y parques, serán sentenciados con dos a cuatro años de cárcel. “Fundamentalmente con un agravante cuando este cultivo se produzca en zonas no autorizadas y declaradas parques y reservas naturales”, añadió.

Acoso callejero 

Este aspecto, fue incorporado como medida jurídica, siempre que tenga un contenido sexual. Es decir, si una persona demuestra que fue acosada verbalmente con frases que mellen la dignidad personal.

“No todo será considerado como hecho delictivo. Deben ser frases con contenido sexual, la pena es de dos a cuatro años de cárcel”, agregó.

Prohibición de revictimización

Los medios de comunicación y las redes sociales serán sancionados con multas y prohibiciones si difunden imágenes de víctimas contra la libertad sexual e infracciones en los que se vincule niños y adolescentes.

También se sancionará con dos a cuatro años de prisión a quienes se atribuyan la representatividad del pueblo.

Fuente: Página Siete


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